Todo lo que debes saber si estás pensando en hacer trabajos de altura

¿A que llamamos trabajos de altura?

Los trabajos en altura o trabajos verticales son todas aquellas actividades que un trabajador tiene que realizar en su lugar de trabajo a más de dos metros de altura y que conlleva un riesgo potencial de caída desde una altura tal que puede poner en peligro la vida del mismo por lo que es necesario suplir al trabajador de los llamados EPIs de trabajo en altura.

Los trabajos en altura más comunes podrían ser:

  • Trabajos en andamios
  • Escaleras, cubiertas, postes, plataformas, vehículos, etc.,
  • Trabajos en profundidad, excavaciones, pozos, etc.

¿Qué formación específica necesito para trabajos en altura?

Traltur, especialistas en trabajos de altura, explica que la formación de los trabajadores en altura en de suma importancia para evitar incidentes. Hoy en día es necesaria una formación específica en Prevención de Riesgos Laborales adaptada al puesto de trabajo. Así lo prevé la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95 que indica que el trabajador debe tener la formación necesaria sobre los riesgos que se deriven de la utilización de los equipos de trabajo.

Principales causas de riesgo de los trabajos en altura

  • El alejamiento del trabajador del punto peligroso
  • La señalización correcta y normalizada del peligro
  • La utilización de EPIs
  • El montaje de equipos de protección colectiva como líneas de vida, vallas, barandilla, redes, etc.

¿Qué normativa regula los trabajos en altura?

Está regulado específicamente por el Real Decreto 2177/2004. En el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura y abarca los trabajos sobre escaleras de mano, andamios y trabajos con técnicas de acceso y Trabajos Verticales.

¿Cuál es la normativa de seguridad de los trabajos en altura?

La Ley de Seguridad y Salud en el trabajo 29783 establece desde sus principios, diferentes orientaciones y obligaciones generales. Es importante apalancarse en la normativa nacional y los reglamentos sectoriales, en los cuales podemos encontrar artículos específicos para identificar y gestionar los trabajos en altura, para mencionar algunos de ellos como ejemplo:

G050: Seguridad durante la construcción.

20.1 Todo trabajador que realice trabajos en altura debe contar con un sistema de detención de caídas compuesto por un arnés de cuerpo entero y de una línea de enganche con amortiguador de impacto con dos mosquetones de doble seguro (como mínimo), en los siguientes casos:

  • Siempre que la altura de caída libre sea mayor a 1,80 m.

RM 111-2013EM: Reglamento de seguridad y salud en el trabajo con electricidad.

Artículo 56°.- Trabajo en altura: Todo trabajo en altura mayor a 2,5 m y que sea clasificado como tarea de Riesgo Alto o Extremamente Alto de acuerdo al Estudio de Riesgos, será supervisado por otra persona desde tierra en la zona de trabajo. El trabajador estará asegurado a un punto fijo con un sistema de protección contra caídas en forma permanente mientras dure la labor en lo alto.

DS 024-2016EM: Reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería.

Artículo 134.-Para realizar trabajos en altura o en distintos niveles a partir de uno punto ochenta metros (1.80 m) se usará un sistema de prevención y detención de caídas, tales como: Anclaje, línea de anclaje, línea de vida y arnés de seguridad y, contar con certificado de suficiencia médica anual, el mismo que debe descartar todas las enfermedades neurológicas y/o metabólicas que produzcan alteración de la conciencia súbita, déficit estructural o funcional de miembros superiores e inferiores, obesidad, trastornos del equilibrio, alcoholismo y enfermedades psiquiátricas.

DS 043: Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos

Artículo 58.-El Personal que trabaje en altura, a uno coma ochenta metros (1,80 m) o más del nivel del piso, debe utilizar correas o arneses de Seguridad. El uso y el estado de los referidos implementos deben ser verificados por el Personal supervisor

Sin embargo, luego de sustentar legalmente a través de normas o estándares la necesidad de gestionar los riesgos de trabajos en altura, también se debe aplicar el propio criterio técnico en seguridad y salud en el trabajo. Para lo cual no olvides considerar lo siguiente:

  • Sigue la jerarquía de controles.
  • Las herramientas de gestión como el PETAR, ATS o IPERC deben realizarse necesariamente en campo.
  • Verifica siempre equipos o herramientas antes de su uso.
  • Asegúrate que los trabajadores se encuentran en óptimas condiciones físicas y mentales.
  • Evalúa el conocimiento de los trabajadores para realizar la actividad.
  • Cuenta con una supervisión adecuada y competente para el trabajo.
  • Recuerda contar con un plan de contingencia para trabajos en altura.

Si es verdad que estos trabajos implican ciertos riesgos significativos; pero teniendo los conocimientos necesarios, apegándose a las normas de seguridad y utilizando el sentido común durante la jornada laboral, se puede realizar cada proyecto con éxito y sin incidentes.

No dejes que los prejuicios hacia esta profesión te hagan perder la oportunidad de formar parte de una carrera que está cada vez más en auge.